#Comodato#Vivienda#Arrendamiento#MenendezSoriaAbogado
Decidir qué hacer con un piso vacío puede ser una tarea complicada, especialmente cuando se trata de prestárselo a un ser querido como un hijo. Aquí explorare las opciones de prestar (comodato) o alquilar, así como, de forma resumida, las implicaciones legales y fiscales de cada una.
Cuando se trata de decidir entre un contrato de comodato o uno de arrendamiento para la cesión del uso una vivienda familiar, existen varios factores legales y fiscales a considerar. En esta entrada abordaré las características de cada tipo de contrato, sus implicaciones fiscales y mi recomendación
Pasemos primero a ver que es uno, y que es otro
Contrato de comodato
El contrato de comodato se regula en el Código Civil. Este contrato de préstamo permite al comodante (propietario) prestar al comodatario (usuario) el uso de la propiedad de manera gratuita. Aunque no es obligatorio, se recomienda formalizar este contrato por escrito para mayor seguridad jurídica.
Contrato de Arrendamiento de Vivienda
Según Código Civil, el arrendamiento implica que una parte cede el uso de una cosa por un tiempo determinado y a cambio de un precio cierto. La Ley de Arrendamientos Urbanos regula estos contratos, permitiendo libertad entre las partes para establecer las condiciones del arrendamiento, incluido el importe de la renta.
Y ahora:
Aspectos Fiscales de Ambos Contratos (i)
Comodato
- Para el comodatario: No tiene impacto fiscal.
- Para el comodante: Se debe imputar una renta inmobiliaria como prevé la normativa vigente de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, calculando un porcentaje sobre el valor catastral del inmueble.
Arrendamiento de Vivienda
- Para el arrendatario: En la Comunidad de Madrid, los menores de 35 años pueden deducirse un 30% de las cantidades destinadas al alquiler de vivienda, con un tope de 1.000 euros anuales. La base imponible no debe superar los 25.620 euros en tributación individual y 36.200 euros en tributación conjunta.
- Para el arrendador: Las rentas obtenidas se incorporan como rendimientos de capital inmobiliario, con una reducción del 60% si el arrendamiento es para vivienda habitual. No se debe arrendar por debajo del valor de mercado para evitar posibles problemas fiscales.
Conclusiones
Un contrato de comodato es ideal para la cesión gratuita de una vivienda a un hijo o familiar (ii) formalizándolo por escrito y, opcionalmente, elevándolo a escritura pública. Por otro lado, un contrato de arrendamiento por una renta inferior al valor de mercado puede ser problemático fiscalmente. Es esencial mantener un contrato escrito entre las partes por seguridad jurídica y para adaptarse a futuras modificaciones legislativas.
(i)La normativa fiscal tiene constantes modificaciones por lo que situaciones presentes pueden no ser aplicables en un futuro. Actualizar esta información periódicamente, ya que las deducciones y cargas fiscales pueden cambiar.
(ii) Hay limitación en el grado
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